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COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 25 DE MARZO DE 2026

25/03/2026

Derecho Internacional y Mercosur: Entra en vigor el Reconocimiento Mutuo de Firmas Digitales entre los Estados Partes

Resumen: Tras la ratificación técnica de las autoridades de certificación, a partir de este miércoles las firmas digitales avanzadas emitidas en Uruguay, Argentina, Brasil y Paraguay gozan de plena validez jurídica recíproca, eliminando la necesidad de apostillas o legalizaciones para documentos electrónicos transfronterizos.

Cuerpo de la noticia: Este miércoles 25 de marzo de 2026 marca un hito en la integración regional con la activación plena del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Firma Digital del Mercosur. Esta medida permite que un contrato, poder o documento notarial firmado digitalmente por un ciudadano uruguayo sea validado automáticamente por los sistemas registrales y judiciales de los demás países miembros, y viceversa.

La interoperabilidad se logra mediante el cruce de las "Listas de Confianza" (TSL) de cada país. Esto significa que los certificados emitidos por proveedores autorizados (como Abitab o Antel en Uruguay) son reconocidos por sus pares regionales (como el ITI en Brasil o la ONTI en Argentina). El sistema garantiza que la integridad del documento y la identidad del firmante permanezcan inalterables, facilitando el comercio electrónico y la gestión de trámites societarios internacionales sin presencia física.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Corporativos: La redacción de contratos internacionales de distribución o joint ventures se simplifica. La firma del representante legal de una empresa argentina tiene ahora el mismo valor legal en Uruguay que una firma ológrafa certificada, permitiendo que la ejecución del contrato y su eventual presentación como prueba en juicio sea inmediata y digital.


Derecho del Consumidor: La SCJ consagra el "Derecho a la Explicabilidad" frente a decisiones de Inteligencia Artificial

Resumen: En un fallo pionero en materia de consumo, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) determinó que las entidades financieras que utilicen algoritmos de IA para el scoring crediticio están obligadas a proporcionar una explicación clara y humana sobre las variables que determinaron el rechazo de una solicitud.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este miércoles, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dictó sentencia en un proceso de amparo contra una institución bancaria. El demandante alegaba indefensión al serle denegado un préstamo mediante un sistema automatizado sin que se le explicaran los motivos técnicos de la decisión. La Corte falló a favor del consumidor, estableciendo que el uso de "cajas negras" algorítmicas vulnera el derecho a la información previsto en la Ley N.º 17.250.

El fallo establece que las empresas deben ser capaces de "descomponer" la lógica del algoritmo para el usuario, detallando qué factores (ingresos, historial, edad, comportamiento digital, etc.) pesaron en el resultado negativo. La SCJ subraya que la eficiencia tecnológica no puede estar por encima de la transparencia y que el consumidor tiene derecho a conocer y, eventualmente, impugnar los datos que alimentan la decisión automatizada.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: Se abre una nueva vía de reclamo por "falta de transparencia algorítmica". El profesional puede solicitar, como medida preparatoria, la exhibición de la lógica del sistema de calificación crediticia de la entidad. Si la empresa no puede explicar el proceso de forma comprensible para un no experto, el rechazo del crédito podría ser considerado arbitrario, habilitando demandas por daño moral o pérdida de chance.

  • Cumplimiento Normativo (Compliance): Las empresas de servicios deben auditar sus sistemas de IA para asegurar que cuentan con "módulos de explicabilidad". El asesor legal debe recomendar la inclusión de una instancia de revisión humana obligatoria para aquellos casos donde el sistema automático arroje un resultado negativo, blindando a la empresa ante posibles acciones de amparo basadas en este nuevo criterio jurisprudencial.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 24 DE MARZO DE 2026

24/03/2026

Derecho Laboral y Probatorio: La SCJ establece la obligatoriedad de la "Pericia Informática" en casos de acoso mediante plataformas digitales

Resumen: La Suprema Corte de Justicia (SCJ) dictó una sentencia que invalida el uso de capturas de pantalla (screenshots) como prueba única en procesos de violencia o acoso laboral, exigiendo la presentación de los archivos de origen o una pericia que valide la integridad de los metadatos.

Cuerpo de la noticia: Este martes 24 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió un recurso de casación que redefine el estándar probatorio en el proceso laboral. El fallo desestima una condena por daño moral basada exclusivamente en impresiones de chats de WhatsApp, argumentando que la facilidad de manipulación de imágenes digitales impide que estas gocen de la presunción de autenticidad si son impugnadas.

La Corte fundamentó que, para que las comunicaciones digitales tengan valor de plena prueba, el oferente debe facilitar el acceso al dispositivo original o aportar un informe técnico que certifique la trazabilidad del mensaje (IP de origen, fecha del servidor y firmas digitales de la plataforma). Con esta decisión, la SCJ busca evitar condenas basadas en montajes digitales y alinear el proceso laboral con las garantías del debido proceso y la seguridad informática.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: Se vuelve crítico asegurar la prueba desde el inicio. El profesional debe recomendar al cliente no solo guardar las capturas, sino realizar un acta de comprobación notarial donde el escribano deje constancia de haber tenido el dispositivo a la vista, o bien contratar una pericia informática privada preventiva. Presentar simples impresiones ahora conlleva un alto riesgo de que la prueba sea descartada en la audiencia de precepto.

  • Estrategia de Defensa: Ante una demanda basada en chats, el abogado defensor debe impugnar sistemáticamente la prueba digital si no viene acompañada de los metadatos correspondientes, forzando a la contraparte a incurrir en costos periciales que podrían haber sido evitados con una correcta preservación inicial.


Derecho Comercial y Registral: DGR habilita la "Reserva de Prioridad Digital" para Sociedades en Formación

Resumen: La Dirección General de Registros (DGR) lanzó un nuevo servicio en línea que permite reservar el nombre y la prioridad registral para la constitución de sociedades comerciales y SAS, protegiendo el negocio durante el proceso de redacción y firma de los estatutos.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este martes, la Dirección General de Registros (DGR) puso en marcha el módulo de Reserva de Prioridad Societaria. Esta herramienta permite que los fundadores de una nueva empresa aseguren la denominación social y el tipo jurídico por un plazo de 30 días corridos, antes de la autorización de la escritura pública o la firma del contrato privado.

Hasta hoy, la prioridad registral solo se obtenía con el ingreso del documento definitivo, lo que generaba incertidumbre si otra entidad se inscribía con un nombre similar durante la etapa de redacción notarial. El nuevo sistema digital emite un certificado con "sello de tiempo" que bloquea el uso de nombres idénticos o similares por parte de terceros, facilitando que el Escribano actúe con la certeza de que el nombre elegido será aceptado al momento de la inscripción final.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: El notario puede solicitar la reserva de prioridad desde la Ventanilla Única con solo los datos de los futuros socios. Este certificado de reserva debe ser relacionado en la escritura de constitución para gozar del beneficio de la prioridad retroactiva al momento de la rogación definitiva. Esto reduce las observaciones por "homonimia" que suelen dilatar la obtención del RUT ante la DGI.

  • Para Abogados Corporativos: Brinda una mayor seguridad jurídica en el armado de estructuras complejas o Joint Ventures. La posibilidad de "reservar el lugar" en el Registro permite que las negociaciones de los estatutos se realicen sin la presión de perder el nombre comercial elegido, asegurando que la identidad de la nueva persona jurídica quede blindada desde el primer borrador del negocio.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 23 DE MARZO DE 2026

23/03/2026

Derecho del Consumidor y Bancario: La SCJ define el alcance de la "Culpa Inexcusable" en estafas telefónicas (Vishing)

Resumen: En una sentencia de casación notificada este lunes, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) exonera de responsabilidad a una entidad financiera en un caso de fraude telefónico, estableciendo que la entrega voluntaria de claves dinámicas (tokens) por parte del usuario ante una maniobra de ingeniería social configura "culpa grave de la víctima".

Cuerpo de la noticia: Este lunes 23 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) arrojó luz sobre la litigiosidad derivada de los ciberdelitos. El fallo analiza una demanda por daños y perjuicios donde un cliente bancario fue víctima de vishing (estafa mediante llamada de voz), proporcionando sus credenciales y códigos de validación a un tercero que simulaba ser un funcionario del banco.

La Corte fundamentó que, si bien el banco tiene una obligación de seguridad técnica, esta no puede cubrir la "negligencia manifiesta" del usuario que ignora las advertencias explícitas de la institución sobre la confidencialidad de las claves. El fallo distingue este supuesto de los casos de phishing técnico o hackeo del sistema; en este escenario, la vulnerabilidad no fue del software, sino del factor humano. Al no existir una falla en los protocolos de autenticación del banco, la responsabilidad se desplaza íntegramente al usuario, quien rompió el cerco de seguridad de forma voluntaria.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: Esta sentencia marca un límite claro para las demandas de restitución de fondos. El profesional debe enfocarse ahora en probar si el banco cumplió con el "deber de advertencia" y si existen retardos injustificados en el bloqueo de la cuenta una vez reportado el incidente. Para la defensa bancaria, el fallo consolida la "culpa de la víctima" como una eximente robusta frente a la responsabilidad objetiva por servicios financieros.

  • Gestión de la Prueba: En futuros procesos, la prueba pericial deberá centrarse en determinar si el sistema de seguridad fue efectivamente vulnerado o si, por el contrario, los registros de auditoría muestran un ingreso legítimo mediante claves proporcionadas por el cliente. La trazabilidad del mensaje de advertencia (SMS o notificación Push) enviado al usuario en el momento de la transacción será el elemento probatorio clave.


Derecho Automotor y Registral: DGR lanza el sistema de "Inscripción Digital de Automotores" con validación de padrón en tiempo real

Resumen: La Dirección General de Registros (DGR) puso en funcionamiento el módulo de inscripción 100% digital para transferencias de vehículos y prendas, integrando la base de datos de los gobiernos departamentales (SUCIVE) para validar datos técnicos de forma automática.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este lunes, la Dirección General de Registros (DGR) anunció la puesta en marcha de la Inscripción Digital de Automotores (IDA). Este nuevo sistema permite que el Escribano Público presente los títulos de compraventa y los contratos de prenda directamente desde su despacho, eliminando el uso de minutas en papel y el traslado físico a las sedes registrales.

La innovación fundamental radica en la interoperabilidad con el SUCIVE. Al ingresar el número de padrón y la matrícula en el formulario digital, el sistema de la DGR verifica en tiempo real la marca, modelo y número de motor del vehículo. Si los datos coinciden, el documento ingresa a un canal de "calificación rápida", reduciendo el plazo de inscripción definitiva de 15 días a tan solo 48 horas. Además, el sistema bloquea el ingreso de documentos si el vehículo posee embargos específicos o denuncias de hurto activas en el Ministerio del Interior.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: Se agiliza drásticamente el proceso de titulación y entrega de vehículos.

  • Seguridad Jurídica: La integración con el Ministerio del Interior y el SUCIVE brinda una capa de seguridad sin precedentes. Para el operador jurídico, esto significa una reducción del riesgo de autorizar negocios sobre vehículos con documentación adulterada o motores suplantados, ya que el sistema registral valida la información contra la base de datos de origen del vehículo antes de aceptar la rogación.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 20 DE MARZO DE 2026

20/03/2026

Derecho a la Salud y Responsabilidad Médica: SCJ valida el Consentimiento Informado Digital mediante biometría facial

Resumen: En una sentencia definitiva, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconoce la plena validez legal del consentimiento informado obtenido de forma digital a través de dispositivos móviles con validación biométrica, siempre que se garantice que el paciente tuvo acceso efectivo a la información técnica previa a la firma.

Cuerpo de la noticia: Este viernes 20 de marzo de 2026, cerrando la semana con un fallo de gran impacto para el sector sanitario, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió un caso de presunta mala praxis donde el punto de controversia era la inexistencia de un formulario de consentimiento en papel. La institución médica presentó como prueba un registro digital con "sello de tiempo" y una validación biométrica facial realizada por el paciente a través de la aplicación institucional antes de la cirugía.

La Corte determinó que el consentimiento no es un "formulario", sino un proceso informativo. Si la plataforma digital permite demostrar que el paciente navegó por los riesgos y beneficios, y finalizó el proceso con una firma electrónica avanzada o biometría vinculada a su identidad civil (DNIC), el documento electrónico tiene mayor fuerza probatoria que un papel firmado en condiciones de urgencia. Este fallo moderniza la interpretación de la Ley N.º 18.335 sobre Derechos y Obligaciones de Pacientes y Usuarios de la Salud.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: En juicios de responsabilidad médica, la prueba pericial informática se vuelve central. El profesional debe enfocarse en auditar los "logs" de navegación del paciente dentro de la plataforma de salud: ¿cuánto tiempo dedicó a leer los riesgos? ¿Hubo una interacción real o fue un simple "clic" de aceptación? La sentencia abre la puerta a impugnar consentimientos digitales que no demuestren un proceso de lectura efectivo.

  • Asesoramiento a Instituciones: Los asesores jurídicos de mutualistas y hospitales deben auditar sus interfaces de usuario (UX). Para que el consentimiento sea válido bajo este nuevo estándar de la SCJ, la plataforma debe impedir el "salto" directo a la firma sin haber desplegado la totalidad de la información técnica, asegurando que la biometría se capture en un entorno que garantice la lucidez y libertad del otorgante.


Derecho Notarial y Archivos: DGR establece el estándar técnico para el "Depósito Digital de Protocolos" 2026

Resumen: La Dirección General de Registros (DGR) y la Inspección General de Registros Notariales emitieron una circular conjunta que define las especificaciones para el archivo definitivo de la matriz digital, permitiendo que los escribanos entreguen sus protocolos del ejercicio 2026 en dispositivos de almacenamiento seguro o mediante carga en la "Nube Registral".

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este viernes, la Dirección General de Registros (DGR) publicó las directrices para la conservación de la fe pública en la era digital. Ante la consolidación de la escritura pública electrónica, surge la necesidad de un archivo que garantice la inalterabilidad de los documentos a perpetuidad (100 años o más). La nueva reglamentación técnica exige el uso del formato PDF/A-3 con metadatos incrustados y firmas de "larga duración" (LTV).

La circular establece que, para el cierre del ejercicio 2026, los escribanos podrán optar por no encuadernar físicamente sus protocolos electrónicos, siempre que realicen el depósito del "Índice Maestro Digital" en el servidor central de la Inspección. Este sistema de archivo utiliza tecnología de redundancia geográfica, asegurando que, ante un siniestro físico o cibernético, la matriz del documento público permanezca intacta y disponible para la expedición de testimonios futuros.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: Se inicia una reducción progresiva de los costos de archivo físico (encuadernación, depósito, custodia). Sin embargo, el costo se desplaza hacia la gestión de ciberseguridad. El notario es responsable de la integridad del archivo hasta el momento de su entrega definitiva a la Inspección. Se recomienda el uso de discos de estado sólido (SSD) de grado industrial y el cumplimiento estricto del foliado digital automático para evitar saltos en la secuencia cronológica de las escrituras.

  • Seguridad Jurídica: El nuevo estándar facilita la obtención de segundas copias y testimonios por parte de otros profesionales o autoridades judiciales. Al estar el protocolo indexado digitalmente, la búsqueda de antecedentes en el Archivo General de Protocolos será instantánea, eliminando las demoras de semanas que implicaba la búsqueda y fotocopiado manual de tomos históricos, beneficiando directamente la celeridad de los negocios inmobiliarios y sucesorios.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 19 DE MARZO DE 2026

19/03/2026

Derecho Procesal Civil: SCJ reglamenta la "Conciliación Previa Digital" obligatoria para procesos ordinarios

Resumen: La Suprema Corte de Justicia (SCJ) lanza una plataforma específica para la celebración de audiencias de conciliación previa por videoconferencia, con firma electrónica de actas, buscando reducir la presencialidad en las etapas preliminares del proceso civil.

Cuerpo de la noticia: Este jueves 19 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió la Acordada N.º 8248, que establece el marco operativo para la Conciliación Previa Digital. A partir de abril, los Centros de Mediación y Conciliación del Poder Judicial priorizarán la agenda virtual para aquellos asuntos donde las partes cuenten con asistencia letrada y medios de firma digital avanzada.

La normativa aclara que el acta de conciliación (ya sea con acuerdo o sin él) se extenderá en formato electrónico y tendrá la misma fuerza ejecutiva que la labrada en soporte papel. La plataforma integrada permite que el conciliador verifique la identidad de las partes en tiempo real y que el documento final sea firmado de forma sucesiva por todos los intervinientes, quedando alojado de forma inmediata en el sistema de gestión judicial para su posterior invocación en la demanda ordinaria.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: Se elimina la carga horaria y los costos de traslado para una etapa que, en muchos casos, es de mero trámite. La agilidad del sistema permite fijar audiencias de conciliación con una antelación mucho menor a la actual (promedio de 10 días hábiles). Es fundamental que el profesional verifique que su cliente posea firma digital activa o, en su defecto, cuente con un poder con facultades suficientes para transigir que haya sido digitalizado y cargado previamente en el sistema.

  • Gestión de Conflictos: El entorno virtual facilita la participación de partes que residen en diferentes departamentos o en el exterior, evitando las prórrogas por falta de notificación física. El abogado debe actuar como "facilitador tecnológico" de su cliente, asegurando que la conexión cumpla con los estándares de privacidad y reserva que exige la instancia de conciliación.


Propiedad Intelectual y Tics: El MEC dictamina criterios sobre la registrabilidad de obras generadas con asistencia de IA

Resumen: El Consejo de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) publicó una resolución que define qué grado de "intervención humana" es necesario para que una obra asistida por Inteligencia Artificial sea protegida bajo la Ley N.º 9.739.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este jueves, el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) arrojó luz sobre un vacío legal creciente al establecer que las obras creadas exclusivamente por algoritmos de IA no son sujeto de derecho de autor en Uruguay. Sin embargo, la resolución técnica admite el registro de aquellas obras donde la IA actúe como una herramienta subordinada a la "creatividad humana preponderante".

Para que el Registro de Derechos de Autor acepte la inscripción, el autor (periodista, fotógrafo o desarrollador) deberá presentar una declaración jurada describiendo el proceso de creación y el grado de edición o curaduría humana aplicada al resultado final. El dictamen establece que la "instrucción" o prompt por sí sola no genera autoría, pero sí la composición, el ajuste técnico y la transformación posterior del material crudo generado por la máquina.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados de Medios y Comunicadores: Este criterio es vital para blindar la propiedad intelectual de los contenidos publicados en portales de noticias y blogs que utilizan herramientas de IA generativa. El profesional debe asesorar a sus clientes sobre la importancia de documentar el proceso creativo (versiones intermedias, correcciones y ajustes manuales) para poder defender la titularidad de la obra ante posibles plagios o usos no autorizados por terceros.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 18 DE MARZO DE 2026

18/03/2026

Derecho Civil y Contratación: La SCJ se pronuncia sobre la ejecución de "Smart Contracts" en el ámbito de los Arrendamientos

Resumen: En un fallo de vanguardia, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) valida la utilización de cláusulas de ejecución automática (smart contracts) en contratos de arrendamiento, pero establece que el "bloqueo digital" de cerraduras por falta de pago requiere siempre una validación judicial previa para no vulnerar el derecho a la vivienda.

Cuerpo de la noticia: Este miércoles 18 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dictó una sentencia que delimita la frontera entre la autonomía de la voluntad tecnológica y las garantías constitucionales. El caso analizado involucraba un contrato de arrendamiento que incluía una cláusula de ejecución automática: ante el incumplimiento del pago de la renta, el sistema informático revocaba las credenciales digitales de acceso al inmueble (cerradura inteligente).

Si bien la Corte reconoció la validez de los contratos inteligentes como herramientas de eficiencia contractual, determinó que la "autotutela digital" tiene límites. El fallo establece que cualquier medida que impida el acceso al hogar del arrendatario, aun si está automatizada por software, debe ser asimilada a un lanzamiento. Por tanto, el arrendador no puede "desactivar" la vivienda de forma unilateral; debe obtener una orden judicial de desalojo o rescisión, asegurando que la tecnología no se convierta en una vía de hecho que eluda el debido proceso legal.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: Esta sentencia previene el uso de la tecnología como mecanismo de coacción extrajudicial. El profesional puede invocar este precedente para solicitar medidas cautelares de "reingreso inmediato" si un cliente es bloqueado digitalmente sin intervención de un juez. La estrategia debe centrarse en demostrar que el smart contract es un medio de prueba de la obligación, pero no un sustituto de la potestad jurisdiccional.

  • Asesoramiento en Contratos: Al redactar contratos que utilicen tecnología blockchain o cerraduras inteligentes, es imperativo incluir cláusulas que supediten la ejecución de medidas restrictivas a la obtención de una resolución judicial. De lo contrario, el arrendador se expone a demandas por daños y perjuicios y a la nulidad de las cláusulas por ir contra el orden público y los derechos fundamentales.


Derecho Registral: DGR lanza el "Folio Real Electrónico 2.0" con trazabilidad de embargos en tiempo real

Resumen: La Dirección General de Registros (DGR) implementó una actualización mayor en su sistema de consulta que permite visualizar, en una única línea de tiempo digital, todas las mutaciones, gravámenes y medidas cautelares de un inmueble, eliminando la dispersión de datos entre diferentes registros.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este miércoles, la Dirección General de Registros (DGR) presentó el nuevo entorno del Folio Real Electrónico. Esta herramienta unifica en una sola interfaz la información del Registro de la Propiedad Inmueble y el Registro de Actos Personales vinculados al titular del bien. A partir de hoy, el sistema permite la "visualización dinámica", donde el profesional puede ver no solo los asientos vigentes, sino la progresión histórica de las inscripciones provisionales y definitivas.

La innovación más destacada es la Alerta de Prioridad Registral. El sistema ahora asigna un "sello de tiempo" (timestamp) exacto a cada documento ingresado por Ventanilla Única, permitiendo que el escribano verifique en tiempo real si existe alguna medida cautelar o enajenación en proceso de calificación que aún no ha sido inscripta definitivamente, pero que ya goza de prioridad sobre el negocio que se intenta autorizar.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: Se reduce drásticamente el "riesgo de la ventana de tiempo" (el periodo entre que se solicita el certificado y se autoriza la escritura). El notario puede realizar una consulta de "Estado de Matrícula" segundos antes de la firma, visualizando ingresos de última hora que antes solo eran detectables mediante el estudio manual de minutas en el Registro. Esto eleva el estándar de seguridad jurídica en las transacciones inmobiliarias y protege la responsabilidad civil del profesional.

  • Gestión de Trámites: El Folio Real Electrónico permite descargar de forma inmediata testimonios digitales de las inscripciones con valor legal. Ya no es necesario esperar el procesamiento manual de solicitudes de copias para verificar el tenor exacto de una hipoteca o un reglamento de copropiedad; el acceso es directo para los profesionales habilitados, agilizando los tiempos de preparación de las escrituras de compraventa y préstamos hipotecarios.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 17 DE MARZO DE 2026

17/03/2026

Derecho Procesal Penal: La SCJ delimita el alcance de los registros en la "Nube" sin orden judicial específica

Resumen: Una sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) establece que la orden judicial para incautar un dispositivo físico (smartphone o laptop) no habilita automáticamente el acceso a cuentas de almacenamiento remoto (Cloud), requiriéndose una autorización expresa para evitar la nulidad de la prueba.

Cuerpo de la noticia: Este martes 17 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió un recurso de nulidad en un caso de delitos informáticos que sienta un precedente crítico para la fase de instrucción. El fallo determina que existe una distinción jurídica sustancial entre la información almacenada localmente en un hardware y aquella alojada en servidores remotos protegidos por credenciales de acceso.

La Corte fundamentó que el acceso a la "nube" constituye una injerencia mayor en la privacidad que el registro del dispositivo físico, asimilándolo a una interceptación de comunicaciones en tiempo real o a un registro domiciliario virtual. Por tanto, si la orden de allanamiento o incautación no especifica el acceso a servicios de almacenamiento remoto, toda prueba obtenida de dichas fuentes será considerada "fruto del árbol ponzoñoso", careciendo de valor probatorio en el juicio oral.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Defensores: Esta resolución ofrece un flanco de ataque estratégico en la etapa de control de acusación. El profesional debe cotejar minuciosamente el alcance del auto judicial con el acta de incautación técnica; si los investigadores accedieron a correos, Drive o iCloud basándose en una orden genérica de "relevamiento de dispositivo", se abre la vía para solicitar la exclusión de toda la evidencia derivada de esa intrusión.

  • Para el Ministerio Público: Se eleva la exigencia en la redacción de las solicitudes de medidas limitativas de derechos. Los fiscales deberán fundamentar ante el Juez de Garantías la necesidad específica de acceder a la "extensión digital" del imputado, justificando por qué la información local es insuficiente para la teoría del caso, a efectos de blindar la validez de la prueba desde su génesis.


Derecho Tributario y Notarial: DGI exige Certificado de Residencia Fiscal Digital para beneficios en el ITP/IRNR

Resumen: La Dirección General de Impositiva (DGI) emitió una resolución que obliga a los no residentes a presentar un "Certificado de Residencia Fiscal con Firma Electrónica" validado por el país de origen para acceder a las exoneraciones o alícuotas reducidas en las trasmisiones patrimoniales de inmuebles.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este martes, la Dirección General de Impositiva (DGI) actualizó los protocolos para la aplicación de convenios para evitar la doble imposición (CDI) en negocios inmobiliarios. La nueva normativa establece que ya no se aceptarán certificados físicos legalizados o apostillados que tengan una antigüedad superior a 60 días al momento del otorgamiento de la escritura.

La innovación radica en que el sistema de la DGI ahora permite la validación automática de certificados digitales emitidos por las agencias tributarias de los países con los que Uruguay mantiene convenios vigentes. Esta medida busca combatir la "residencia fiscal de conveniencia" y asegurar que los beneficios tributarios en el Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) se apliquen solo a quienes cumplen efectivamente con los requisitos de sustancia en el extranjero.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: El control de la residencia fiscal se vuelve una tarea técnica más rigurosa. El notario debe verificar que el certificado digital del cliente extranjero sea validable a través de los portales de interoperabilidad de la DGI antes de proceder a la retención del impuesto. Una aplicación errónea de una alícuota reducida basada en un certificado inválido o vencido genera responsabilidad solidaria del escribano por el impuesto dejado de percibir, además de multas y recargos.

  • Asesoramiento Preventivo: Para negocios con inversores extranjeros, el profesional debe iniciar el trámite del certificado digital con antelación. Se recomienda no fijar fecha de cierre de negocio (escritura) hasta no tener la confirmación de validación del sistema de DGI, ya que la diferencia de costos fiscales entre ser considerado residente o no residente puede alterar significativamente la ecuación financiera del negocio para las partes.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 16 DE MARZO DE 2026

16/03/2026

Derecho Procesal: La SCJ habilita el "Certificado de Impedimento Digital" para la reprogramación automática de audiencias

Resumen: La Suprema Corte de Justicia (SCJ) lanza una nueva funcionalidad en la Ventanilla Única Judicial que permite a los abogados cargar certificados médicos o de fuerza mayor con validación automática, optimizando la agenda de las sedes y reduciendo las suspensiones de último momento.

Cuerpo de la noticia: Este lunes 16 de marzo de 2026, coincidiendo con el inicio de la segunda quincena del mes, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) puso en marcha el módulo de "Gestión de Impedimentos Profesionales". Esta herramienta responde a una histórica demanda de los gremios de abogados para transparentar y agilizar la suspensión de audiencias por motivos de salud o superposición de señalamientos judiciales inexcusables.

El sistema permite que el profesional adjunte el certificado (médico, de fallecimiento de familiar o de otra audiencia fijada con anterioridad) firmado digitalmente. Una vez cargado, el algoritmo de la Ventanilla Única cruza los datos con la agenda de la sede y, de ser válido, genera una propuesta de reprogramación automática para las partes, notificando de inmediato a la contraparte y al actuario de la sede. Esto elimina el trasiego de escritos en papel y la incertidumbre de esperar a que el juez "dé cuenta" del impedimento el mismo día de la audiencia.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Litigantes: Se gana en previsibilidad y salud laboral. El profesional tiene la certeza de que su impedimento será procesado en tiempo real, evitando traslados innecesarios de clientes y testigos. Sin embargo, la SCJ advirtió que el uso abusivo de esta herramienta (más de tres suspensiones por la misma causa) activará una revisión de oficio por parte de la Inspección General de Tribunales para evitar maniobras dilatorias.

  • Gestión de Agendas: La reprogramación automática sugiere fechas basadas en los huecos disponibles en el Sistema de Gestión de Juzgados (SGJ), lo que permite que el abogado pueda aceptar o proponer una alternativa en el mismo acto, cerrando el conflicto de agenda en minutos en lugar de semanas.


Derecho Comercial y Notarial: DGR simplifica la inscripción de prendas sin desplazamiento sobre vehículos eléctricos y cargadores

Resumen: En el marco de la Ley de Promoción de Movilidad Sostenible, la Dirección General de Registros (DGR) emitió una instrucción que reduce los requisitos formales y las tasas para la inscripción de prendas sobre vehículos eléctricos y estaciones de carga rápida, siempre que el contrato se presente en formato digital.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este lunes, la Dirección General de Registros (DGR) publicó la Circular Técnica N.º 08/2026, orientada a dinamizar el financiamiento de la flota de transporte "verde" en el país. La normativa establece un régimen de inscripción prioritaria (24 horas) para los contratos de prenda sin desplazamiento que tengan por objeto vehículos 100% eléctricos y la infraestructura de carga vinculada a proyectos industriales o comerciales.

La resolución especifica que, para acceder al beneficio de tasa reducida y celeridad registral, el documento debe ser autorizado mediante Firma Digital Avanzada y contener el número de chasis georreferenciado (para vehículos) o el código de identificación de la red de UTE (para cargadores). La DGR busca con esto eliminar las "notas de observación" frecuentes por descripciones insuficientes de bienes tecnológicos, estandarizando la nomenclatura que deben utilizar los escribanos.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: Esta circular facilita el cierre de negocios financieros complejos. Al contar con un plazo de inscripción de 24 horas, el desembolso de los préstamos bancarios se agiliza drásticamente. El notario debe ser cuidadoso en incluir en la cláusula de objeto los datos técnicos específicos exigidos por la circular, ya que el sistema de calificación automática rechazará cualquier documento que no cumpla con el formato de "identificador de activo tecnológico".

  • Para Abogados de Empresas: Es una oportunidad para asesorar a clientes corporativos en la estructuración de garantías para la renovación de flotas. El profesional puede garantizar un costo registral menor y una constitución de garantía casi instantánea, lo que mejora la posición negociadora frente a las instituciones financieras y asegura la prioridad frente a otros acreedores en un tiempo récord.

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 13 DE MARZO DE 2026

13/03/2026

Derecho Civil y Notarial: Registro de Estado Civil habilita la expedición de testimonios digitales con validación para uso registral

Resumen: La Dirección General del Registro de Estado Civil (DGREC) puso en funcionamiento un nuevo sistema de expedición de testimonios de partidas (nacimiento, matrimonio, defunción) con firma digital avanzada.

Cuerpo de la noticia: Este viernes 13 de marzo de 2026, se completó la fase final de integración digital del Registro de Estado Civil con la plataforma de la Asociación de Escribanos del Uruguay. A partir de hoy, los notarios pueden solicitar y recibir testimonios de partidas con un código de verificación electrónica (CVE) que garantiza su autenticidad e integridad. La innovación radica en que la Dirección General de Registros (DGR) aceptará estos documentos digitales como prueba suficiente del estado civil en los procesos de matriculación de inmuebles y automotores.

Anteriormente, la normativa exigía que el testimonio físico fuera protocolizado o exhibido, lo que generaba demoras cuando las partidas provenían de juzgados del interior o del extranjero. Con esta actualización, el escribano puede descargar la partida minutos antes de la firma y adjuntarla al documento electrónico, asegurando que la información sobre el estado civil de los otorgantes esté actualizada al segundo, evitando errores en la determinación de la naturaleza ganancial o propia de los bienes.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: Se elimina el riesgo de utilizar testimonios con anotaciones marginales desactualizadas (como divorcios o rectificaciones no comunicadas en el papel). El profesional puede verificar la "fotografía" exacta del estado civil al momento del negocio. Es fundamental que el notario deje constancia en la escritura del código CVE y de la fecha de expedición, ya que la DGR validará el documento de forma automatizada durante el proceso de calificación.

  • Seguridad Jurídica: Esta herramienta es vital para los estudios de títulos de larga data. La posibilidad de acceder a partidas digitales georreferenciadas facilita la reconstrucción de tractos sucesivos complejos, reduciendo drásticamente las observaciones registrales por discrepancias en nombres o estados civiles que suelen surgir en las transmisiones hereditarias.


Derecho Concursal: Suprema Corte de Justicia define el alcance de la responsabilidad de los administradores en procesos de "Liquidación Digital"

Resumen: Un fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) establece que la falta de respaldo digital de la contabilidad y los libros sociales en servidores seguros constituye una "presunción de culpa grave" del administrador en caso de insolvencia, facilitando la extensión de responsabilidad al patrimonio personal.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este viernes, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dictó sentencia en un proceso de clausura de una empresa de servicios tecnológicos que entró en concurso de acreedores en 2025. El punto central del fallo es la valoración de la conducta de los directores ante la pérdida de información contable almacenada en la "nube" sin protocolos de respaldo (backup) auditables.

La Corte determinó que, en el marco de la Ley de Sociedades Comerciales y la Ley de Concursos, el deber de diligencia del "buen hombre de negocios" incluye hoy la Ciberseguridad Contable. Si el administrador no puede presentar los estados financieros debido a un ataque informático o pérdida de datos por negligencia en la contratación de proveedores de IT, se presume que ha actuado con culpa grave, lo que habilita a los acreedores a reclamar el cobro de sus créditos directamente contra los bienes personales de los directores, rompiendo el velo societario.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados de Empresas: El asesoramiento ya no puede limitarse a lo estrictamente legal; debe integrar la gestión de riesgos digitales. El profesional debe recomendar a sus clientes la realización de actas notariales periódicas que certifiquen la integridad de los libros digitales y la contratación de seguros de responsabilidad civil para directores (D&O) que cubran incidentes de pérdida de datos, para evitar la exposición patrimonial personal ante un eventual concurso.

  • Para Síndicos y Interventores: Este fallo otorga una herramienta procesal potente para la reconstrucción del activo y pasivo. Ante la ausencia de libros físicos (ya permitida por ley), la falta de acceso a la contabilidad digital por "bloqueo" o "pérdida" se convierte en una prueba de cargo contra la administración, simplificando los incidentes de calificación del concurso como "culpable".

COMPENDIO DE ACTUALIDAD JURÍDICA Y REGISTRAL: JORNADA DEL 12 DE MARZO DE 2026

12/03/2026

Derecho Laboral: Suprema Corte de Justicia fija doctrina sobre el "Derecho a la Desconexión" en regímenes de Teletrabajo

Resumen: En una sentencia de casación, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) determinó que la mera disponibilidad digital del trabajador fuera del horario pactado no genera automáticamente el derecho al cobro de horas extras, a menos que exista una orden expresa de la empresa o una tarea efectiva que rompa el principio de desconexión.

Cuerpo de la noticia: Este jueves 12 de marzo de 2026, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió un litigio que sienta las bases para la interpretación de la Ley de Teletrabajo en relación con la jornada laboral. El fallo desestima la demanda de un dependiente que reclamaba el pago de horas extraordinarias basándose únicamente en los registros de "conexión" y actividad en la plataforma de gestión de la empresa durante horas nocturnas y fines de semana.

La Corte fundamentó que el Derecho a la Desconexión es un derecho del trabajador, pero su vulneración —para generar crédito laboral— requiere probar que el empleador ejerció su poder de dirección de manera efectiva fuera de la jornada legal. El fallo subraya que la autonomía que otorga el teletrabajo no debe confundirse con un régimen de "orden de retén" o disponibilidad permanente, salvo que así se haya estipulado por escrito y con la compensación correspondiente.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Abogados Laboralistas: La sentencia clarifica la carga de la prueba. Ya no basta con presentar los "logs" de conexión al servidor; el profesional deberá aportar pruebas de comunicaciones (emails, mensajes de WhatsApp o tareas asignadas con plazos inmediatos) que demuestren que el trabajador fue compelido a prestar funciones. Es una advertencia para ajustar las estrategias de demanda, enfocándose en la "orden de trabajo" más que en el "tiempo de conexión".

  • Asesoramiento de Empresas: Se recomienda a los profesionales que asisten a empleadores redactar Protocolos de Desconexión Digital claros. Estos documentos deben prohibir expresamente el envío de directivas fuera de hora (salvo emergencias) y establecer que el uso voluntario de las plataformas por parte del empleado no será considerado tiempo de trabajo, blindando así a la empresa ante eventuales reclamos de horas extras no autorizadas.


Seguridad Jurídica: Habilitan la traba de embargos genéricos y específicos en tiempo real mediante oficio electrónico

Resumen: El Poder Judicial y la Dirección General de Registros (DGR) pusieron en marcha el sistema de "Interconexión de Medidas Cautelares", que permite que la orden de embargo dictada por un juez impacte de forma inmediata en la base de datos registral, eliminando el tiempo de espera del trámite físico.

Cuerpo de la noticia: En la jornada de este jueves, se habilitó el módulo técnico que permite la comunicación instantánea de medidas cautelares entre las sedes judiciales y el Registro de la Propiedad y el de Actos Personales. Anteriormente, entre el dictado del embargo y su efectiva inscripción (traba), mediaba un proceso de expedición de oficio en papel y su presentación manual, lo que generaba una "ventana de tiempo" que permitía a deudores insolventarse mediante la enajenación rápida de bienes.

Con este nuevo sistema, en el momento en que el magistrado firma digitalmente el decreto de embargo, el sistema envía un mensaje de datos a la DGR. El registrador recibe una "alerta de traba preventiva" que bloquea preventivamente la matrícula del inmueble o el nombre del deudor en el Registro de Actos Personales, a la espera de la calificación definitiva. Esto asegura que la prioridad registral se fije en el minuto exacto de la resolución judicial.

Impacto Práctico para el Profesional:

  • Para Escribanos: El notario debe realizar una consulta de "último momento" a través de la Ventanilla Única minutos antes de autorizar el documento público, ya que un embargo dictado esa misma mañana podría haber ingresado al sistema de forma instantánea, afectando la libre disponibilidad del bien.

  • Para Abogados Litigantes: Se maximiza la eficacia de las medidas cautelares. El profesional puede garantizar a su cliente que la medida solicitada tendrá efecto inmediato, minimizando el riesgo de "frustración del crédito" por maniobras del deudor. Es fundamental que el abogado proporcione correctamente el número de padrón y la matrícula (para embargos específicos) o los datos filiatorios completos (para genéricos) en el escrito inicial, para que la comunicación automática no sea rechazada por inconsistencia de datos en el Registro.